Skip to main content

916 153 789  |   638 216 411  |    Fax: 911 165 984

Actualidad | BLOG

Protección de Datos en Centros Escolares

Uno de los aspectos que más preocupan a los padres es, sin lugar a dudas, todo lo relacionado con el cuidado y la protección de los datos de sus hijos. En el Centro Educativo La Amistad cumplimos con los requisitos que establecen las normativas.

A continuación incluimos la comunicación que desde la Comunidad de Madrid recogen en referencia a la Protección de Datos en los Centros Escolares:

Los datos de carácter personal sólo se podrán recoger para su tratamiento cuando sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, explícitas y legítimas para las que se hayan obtenido y no podrán usarse para finalidades incompatibles con aquellas para las que los datos hubieran sido recogidos.

La Secretaría General Técnica, en el desempeño de las funciones de coordinación de la actividad de la Consejería en materia de declaración de ficheros que contengan datos personales, realiza una labor de asesoramiento, de elaboración y tramitación de las órdenes por las que se crean, modifican y suprimen los ficheros, y su comunicación a la Agencia Española de Protección de Datos, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos.

Declaración de los ficheros de los centros docentes públicos – Aplicación DAPD

Para facilitar a los centros educativos el procedimiento de declaración de ficheros de datos de carácter personal, se ha implantado la aplicación informática denominada “Declaración de ficheros de datos de carácter personal para centros públicos, DAPD“, en la que se han incorporado los “ficheros tipo” debidamente cumplimentados que se detallan:

Fichero Alumnos: Deberán declarar este fichero aquellos centros que tengan datos del alumnado en aplicaciones anteriores al sistema informático SICE y en ficheros manuales y no se acogieran a alguna de las declaraciones masivas promovidas por la Secretaría General Técnica.

Fichero Personal: Deberán declarar este fichero aquellos centros que tengan datos del personal en aplicaciones anteriores a SICE y en ficheros manuales y no se acogieran a alguna de las declaraciones masivas promovidas.

Fichero Videovigilancia: Deberán declarar este fichero los centros que tengan o vayan a instalar cámaras de videovigilancia. El centro deberá elaborar el “Informe de necesidad y oportunidad”, según se indica en el procedimiento de declaración de este fichero.

Fichero Bolsa de trabajo: Deberán declarar el fichero los centros que impartan ciclos formativos de Formación Profesional y recojan este tipo de información.

Fichero Control horario: Deberán declararlo aquellos centros que tengan instalado algún sistema para el control horario del personal. Cuando el fichaje se realice mediante un sistema de huella digital, el responsable deberá rellenar el “Informe de necesidad y oportunidad” según se indica en el procedimiento de declaración de este fichero.

Fichero: Página Web: Deberán declarar este fichero todos los centros que tengan página web que contenga datos de carácter personal, salvo los Institutos de Educación Secundaria que ya tienen declarado el suyo por Orden 5755/2011, de 18 de noviembre. Según recomendación de la extinguida Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, cuando en la página web se realice recogida de datos de carácter personal, deberá incluirse en ella el documento “Política de Privacidad” incorporado en esta página web

Si quiere completar la información puede acceder desde este enlace: Protección de Datos

Lo más leido


  • Horario de secretaría:


  • Mañanas de 9:30 a 12:00
  • Tardes de 16:00 a 16:30

Formulario de contacto